Declaración jurada obligatoria para entidades que capten fondos del público o convoquen a invertir
BANCO CENTRAL DEL URUGUAY
La Superintendencia de Servicios Financieros (SSF) del Banco Central del Uruguay (BCU) dispuso, mediante Comunicación N.º 2026/116, la obligación de presentar una declaración jurada para las personas físicas, jurídicas o patrimonios de afectación independiente comprendidos en la ampliación del perímetro regulatorio establecida por la Ley de Presupuesto N.º 20.446.
Enlace a nuestro informe completo con acceso a todo público:
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