Proyecto de ley para que los ciudadanos naturales y legales sean considerados nacionales uruguayos.
El prosecretario de la Presidencia, Jorge Díaz, brindó detalles en conferencia de prensa sobre una propuesta destinada a resolver la situación de las personas que obtuvieron la ciudadanía legal y solicitan ser reconocidas como nacionales uruguayas.
Según explicó el jerarca, el tema comenzó a analizarse a partir de una petición presentada por organizaciones sociales. Estas plantearon las dificultades que genera la interpretación vigente de las normas sobre nacionalidad y ciudadanía, particularmente en los trámites para obtener pasaportes.
Díaz recordó que la Constitución uruguaya distingue entre ciudadanos naturales y legales. La primera categoría comprende a quienes nacen en el territorio nacional y a los hijos de ciudadanos naturales nacidos en el exterior. La segunda corresponde a personas extranjeras que adquieren la ciudadanía uruguaya conforme a los requisitos establecidos.
https://mediospublicos.uy/proyecto-de-ley-busca-equiparar-ciudadanos-naturales-y-legales/
"CIUDADANO NATURAL"
Al momento de solicitar la cedula de identidad uruguaya, o un pasaporte para viajar al exterior del país, y que nos sea franqueado el paso (que nos dejen ingresar al país destino al bajar del avión), se define "ciudadano natural uruguayo" como "nacido en el territorio nacional".
El documento base para iniciar el pasaporte uruguayo como ciudadano natural es la CEDULA DE IDENTIDAD.
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"NACIONAL URUGUAYO"
Para la cedula de identidad y pasaporte uruguayo, se define al "nacional uruguayo" como "hijo de padre o madre oriental" (Ley N°16.021) o "nieto de abuelo o abuela oriental" (Ley N° 19.362).
De aprobarse la reforma propuesta tambien serán ciudadanos naturales los ciudadanos naturales y los ciudadanos legales.
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"CIUDADANO LEGAL"
Aquí el acceso a la cedula de identidad pasaporte uruguayo, pone como requisito estar inscripto en la Corte Electoral, y define dos situaciones, al contar con uno de los siguientes documentos vigentes;
- "Carta de Ciudadanía" expedida por la Corte Electoral, siempre que no obre en los archivos de esta Dirección Nacional.
- "Credencial Cívica" (si la Carta de Ciudadanía tuviera más de tres años de expedida).
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"CARTA DE CIUDADANIA"
Es la condición que adquiere una persona extranjera luego de haberla solicitado y haber cumplido con los requisitos establecidos en la normativa vigente. Una vez concedida se le extiende la Carta de Ciudadanía que es el documento que acredita tal condición. Transcurridos 3 años de otorgada la Ciudadanía Legal deberá presentar la Carta de Ciudadanía para solicitar la inscripción en el Registro Cívico Nacional para obtener la Credencial Cívica.
Los requisitos legales incluyen; NACIONALIDAD (Partida de Nacimiento Libro de Extranjeros o documento del país de origen, Partida de Matrimonio si aplica, Partida de Nacimiento de hijos/as, pasaporte de origen), INGRESO AL PAIS (documentos migratorios, certificado de residencia al ingresar), RESIDENCIA (habitual, mínimo 6 meses), MEDIOS DE VIDA O ARRAIGO (historia laboral del BPS, constancias empresariales, Caja Profesional, Jubilaciones y Pensiones, Militar o Policial), títulos de viviendas, alquiler de inmuebles, ingresos), CERTIFICACIONES MEDICAS, ANTECEDENTES JUDICIALES; TESTIGOS, VERIFICACION POR ESCRIBANO PUBLICO.
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"CREDENCIAL CIVICA"
La Corte Electoral para otorgar la Credencial Cívica exige como requisito el "Documento público o privado conteniendo fotografía, que acredite su identidad y en el que figuren los mismos datos patronímicos de su partida de nacimiento. Por ejemplo la cédula de identidad." Requerimiento que entendemos equivale a la ciudadanía natural.
También ingresa el trámite el "natural uruguayo" (hijos/as y nietos/as nacidos en el exterior), el "ciudadano legal" (con su Carta de Ciudanía vigente), y el "residente" (Certificado de Residencia, expedido por la Corte Electoral).
Como vemos las categorías de ciudadanía, son similares a la hora de obtener un pasaporte uruguayo, o la Credencial Cívica. Ser electores o votantes, de nuestra República Oriental del Uruguay.
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ELEGIBILDIAD (REQUISITOS PARA SER CANDIDATO)
En el Reglamento de las Elecciones Internas de los Partidos Políticos (CORTE ELECTORAL CIRCULAR N°11601)
, el Articulo N° 3 dice;
Art. 3° - (Requisitos para ser electo).
Solo podrán ser precandidatos presidenciales los ciudadanos naturales en ejercicio, que tengan treinta y cinco años de edad o los cumplan a la fecha de la elección nacional siguiente. Los candidatos a los órganos deliberativos deberán reunir las mismas condiciones que para ser elector.
Como vemos aquí, el poseer antecedentes judiciales o estar en proceso una causa judicial, no esta incluido en el Articulo 3°. Situaciones de esta índole, perdida de ciudadanía y la calidad de ser electo (ser candidato en las elecciones nacionales) no son vinculantes, y se gestionan particularmente entre el Poder Judicial y la Corte Electoral.
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CORREA FREITAS, 1984
En 1984, Rubén Correa Freitas, constitucionalista y senador, escribió Nacionalidad y ciudadanía en el régimen constitucional uruguayo, en La Justicia Uruguaya, Torno 89.
Correa Freitas concluyó que en el texto constitucional la nacionalidad y la ciudadanía natural son sinónimos, es decir, todo hombre o mujer es ciudadano del país, ya sea que haya nacido en Uruguay o que sea hijo o hija de padre o madre oriental que se inscriba en el Registro Cívico como ciudadano natural (artículo 74).
Contrariamente a los juristas dogmáticos, consideró que tanto los nacionales como los ciudadanos naturales son nacionales, irrevocablemente []" La correcta interpretación de nuestra historia uruguaya se traduce en justicia e igualdad — Somos Todos Uruguayos
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FUENTES:
ECOS DEL HUM: https://ecosdelhum.com.uy/contenido/14884/andares-de-democracia-y-republica-15-credencial-civica-ciudadanos-naturales-o-le
¿De qué hablamos cuando hablamos de Ciudadanía? https://www.gub.uy/agencia-gobierno-electronico-sociedad-informacion-conocimiento/comunicacion/publicaciones/construyendo-ciudadania-entornos-digitales-punto-partida/construyendo-3
Cédula de Identidad - Primera Vez. https://www.gub.uy/tramites/cedula-identidad-primera-vez
Solicitud de pasaporte. https://www.gub.uy/tramites/solicitud-pasaporte
Carta de ciudadanía. https://www.gub.uy/tramites/carta-ciudadania
Credencial cívica. https://www.gub.uy/tramites/credencial-civica
Reglamento de las Elecciones Internas de los Partidos Políticos (CORTE ELECTORAL CIRCULAR N°11601), https://archive.org/download/reglamento-de-las-elecciones-internas-de-los-partidos-politicos-circular-11601/Reglamento%20de%20las%20Elecciones%20Internas%20de%20los%20Partidos%20Pol%C3%ADticos.pdf
Certificado de Antecedentes Judiciales. https://www.gub.uy/comunicacion/publicaciones/certificado-de-antecedentes-judiciales